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Contrato de arrendamiento

Se conoce por contrato de arrendamiento a un acuerdo donde se transfiere temporalmente el uso de un inmueble. El contrato de arrendamiento también es conocido como locación o alquiler. En esta transacción un arrendador transfiere el uso del inmueble a un arrendatario a cambio de una suma determinada.

El pago que realiza el arrendatario por el uso de dicho inmueble puede variar según el tipo de contrato pactado. Así, puede efectuar un solo pago o pagar de forma periódica lo que se conoce como renta. El arrendatario puede pagarle al arrendador dinero por el inmueble, aunque también puede pagarle con lo producido en ese lugar.

Cuando el arrendamiento se paga con lo que se produce en el inmueble o terreno arrendado se conoce como renta en especie. Aunque este tipo de arrendamiento también se conoce como aparcería donde se fija en el contrato el porcentaje de la cosecha que se debe pagar.

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El contrato de arrendamiento es un acuerdo en el que se transfiere por un tiempo el uso de una propiedad.

Si hablamos de la naturaleza legal de un contrato de arrendamiento hay que señalar que el título que confiere es de tenedor. Esto quiere decir, que el arrendatario no es el propietario de ese inmueble sino solo un inquilino. El arrendatario puede hacer uso de esa propiedad sabiendo que le pertenece al arrendador.

En este sentido, el contrato de arrendamiento es muy parecido al usufructo. Ambos contemplan el uso o tenencia de una propiedad ajena. El contrato de arrendamiento puede efectuarse para: Casas u otro tipo de viviendas, también se incluyen otros inmuebles como locales comerciales y automóviles.

En conclusión, el contrato de arrendamiento es un acuerdo legal donde un arrendador transfiere el uso de una propiedad a un arrendatario. El arrendamiento se estipula en dicho contrato por un período de tiempo determinado y la renta que el arrendatario debe pagar.

Clasificación y tipos de arrendamientos

Según la legislación de cada país podemos encontrar diferentes tipos de arrendamientos. Por ejemplo, en España los derechos que se manejan derivan del Derecho romano y distinguen tres tipos de arrendamientos:

  • Arrendamiento. También llamado locación de cosas, consiste en el vínculo entre arrendador y arrendatario. En este tipo de contrato, el arrendatario está obligado a pagar una renta convenida por el uso de la propiedad.
  • Prestación de servicios. También llamada locación de servicios, este tipo de contrato es de tipo laboral. Implica que el arrendatario debe prestar un servicio o trabajar y el arrendador deberá retribuirle por su trabajo. Este contrato queda sin efecto cuando: se termina el contrato, el arrendatario no cumple con sus obligaciones o en caso de muerte.
  • Arrendamiento de obra. Se lo conoce también como locación de obras, es un contrato donde se compromete a realizar una obra. Este tipo de contrato se realiza cuando queremos que alguien nos confeccione, fabrique o construya algo. Esa persona se compromete a realizar la obra y a cambio se le pagará un precio acordado.

Cada país contempla entre sus leyes y regulaciones la forma y tipos de arrendamiento. Así, por ejemplo, en España y Chile lo referente a contratos de arrendamiento se encuentra en sus Códigos Civiles. Además del Código Civil, se contemplan leyes que regulen este tipo de transacciones.

Formato para citar
"Contrato de arrendamiento". En: De Significados. Disponible en: https://designificados.com/contrato-de-arrendamiento/ Consultado: 18 de abril de 2024.


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