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Muerte digna

El término muerte digna, o ortotanasia, se utiliza para designar la voluntad de una persona con una enfermedad terminal. Cuando la persona está padeciendo una enfermedad incurable puede negarse a seguir exponiéndose a tratamientos intrusivos. En su lugar, decide recibir solamente cuidados que mitiguen sus padecimientos hasta el momento de la muerte.

Se considera a la muerte digna como un derecho humano. Cualquier persona que tenga una enfermedad terminal puede decidir tener una muerte digna. En este sentido, está en todo su derecho rehusarse a que se lo siga sometiendo a prácticas intrusivas con la intención de mejorar su condición.

La muerte digna es una decisión que toma el paciente, o sus familiares, de negarse a seguir exponiéndose a prácticas médicas. Éstas pueden ser experimentales, de asistencia o incluso de reanimación. La decisión está fundada en que no lograrán que se recupere y es mejor evitar generarle más sufrimientos.

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La muerte digna es la decisión del paciente terminal de evitar sufrimientos innecesarios que no mejorarán su condición

Al considerarla un derecho irrevocable de las personas en esta situación, es legal optar por una muerte digna. Cuando se toma la decisión, el paciente será asistido tanto por los médicos como por sus familiares. Contará con todas las comodidades necesarias para que transcurra esa última fase de su vida.

Esta fase final se desarrolla con procedimientos que ayudan al paciente a mitigar los dolores que lo aquejan. Así como también asegurarle comodidad y tranquilidad hasta el final. Estos procedimientos contemplan de igual manera el efecto psicológico de la enfermedad en el paciente.

Es muy común que se confunda a la muerte digna con la eutanasia. Sin embargo no son la misma cosa. La eutanasia contempla adelantar el deceso del paciente para evitar que siga sufriendo debido a su enfermedad o condición médica. Se considera que recurrir a la eutanasia es un homicidio.

Legislaciones sobre muerte digna

En la actualidad se discute bastante sobre temas relacionados a la muerte digna o la eutanasia. Los ejes principales versan sobre evitar la vía jurídica y respetar la decisión del paciente. Existen casos en los que se ha avanzado sobre su legislación y regulación. En 1999 el Consejo de Europa lo reconoció como derecho humano concerniente a la dignidad de enfermos terminales.

En Argentina se aprobó por ley la posibilidad de rechazar procedimientos para seguir extendiendo la vida ante una enfermedad terminal. Esta decisión le corresponde al paciente, a sus familiares o sus representantes legales. Además, desde 2015 con el nuevo Código Civil, las personas pueden expresar anticipadamente su decisión sobre este tema.

En Colombia se removió la sanción de privación de libertad en los casos de homicidio por piedad. Justificaron la acción del médico en estos casos cuando se ha realizado por la voluntad del paciente.

En España se aprobó la “Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte” en 2010. Y en 2011, el anteproyecto sobre muerte digna y cuidados paliativos. Este regula los derechos del paciente y las obligaciones de los médicos en estos casos.

Formato para citar
"Muerte digna". En: De Significados. Disponible en: https://designificados.com/muerte-digna/ Consultado: 18 de abril de 2024.


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